sábado, 7 de noviembre de 2009

RENTA FINANCIERA

Sábado, 7 de noviembre de 2009
Panorama económico

Renta financiera

Por Alfredo Zaiat
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La media sanción en la Cámara de Diputados de la ley que reconoce en la contabilidad pública una deuda de unos 29 mil millones de dólares que no participó del canje de 2005 casi no tuvo debate. Cada uno del resto de los proyectos enviados por el Gobierno al Congreso desde mediados del año pasado despertó diversas pasiones, que en su mayoría tuvo adicionada en su título la K. En esas iniciativas la cadena nacional de medios privados alertaba acerca de que se estaba poniendo en peligro el destino de la democracia, la economía, de las instituciones, de la república, de la libertad. No se cansaron de reclamar más tiempo para analizar y discutir las propuestas cuestionando el apuro oficial. En cambio, la reapertura del canje de la deuda en default no ha provocado ninguna de esas reacciones ni la obsesión por la undécima letra del alfabeto. Apenas una visita del ministro de Economía, Amado Boudou, a la Comisión de Presupuesto, y al otro día fue tratado rápidamente en el recinto con 164 votos a favor y 28 en contra. Las crónicas no expusieron con tono admonitorio a los aliados circunstanciales (UCR, PRO, peronismo disidente y otros de la centroderecha) del kirchnerismo para conseguir ese contundente resultado. Ninguna otra iniciativa legislativa de estos tiempos de emoción violenta ha implicado un costo económico inmediato más elevado para toda la sociedad que el de la reapertura del canje: con una adhesión del 70 por ciento de los holdouts, el stock de deuda se incrementará de 7000 a 9000 millones de dólares y la carga de intereses anuales aumentará en unos 500 millones de dólares. Como pocas veces el recorrido de un proyecto de ley ha exteriorizado en forma tan categórica el significado del poder financiero. A la vez, en términos generales expone que la legislación a favor de sectores de manifiesta opulencia, en este caso bonistas holdouts y un grupo de bancos, no provoca la crispación del poder. También queda en evidencia que cuando un gobierno busca ampliar un poco sus márgenes de autonomía, evitando la subordinación a corporaciones, se lo presenta en el espacio público como difusor de escenarios de conflictos. En cambio, esa tensión desaparece cuando la esfera política acompaña los intereses del poder permanente.

El trayecto sin sobresaltos de la reapertura del canje de deuda en default permite una aproximación a las dificultades que se presentan para avanzar sobre privilegios del poder financiero. Y, en especial, las restricciones para afectar sus intereses si no se cuenta con una férrea voluntad política, articulada con una firme alianza de fuerzas sociales, para enfrentarlas. La administración kirchnerista ha tenido un vínculo de negociación, eludiendo las presiones para su subordinación, con ese factor de poder. La única reforma que perturbó al sector financiero local fue el fin del negocio especulativo con el aporte previsional de los trabajadores, denominado AFJP. La respuesta a esa medida fue la profundización de la dolarización de las carteras de inversión, el aliento a iniciar una corrida contra el peso, la disminución de los depósitos, el aumento del riesgo país por la liquidación de títulos públicos, la caída del crédito y, en última instancia, la acentuación de la fase recesiva del ciclo económico.

Esa reacción sirve como encuadre para comprender los obstáculos que aparecen cuando se tocan intereses de las finanzas, a los cuales la mayoría de los políticos, tanto en gestión de gobierno o liderando la oposición, les tributan un considerable respeto. Esas limitaciones no significan que el sendero a transitar tenga que ser el de la resignación, sino que expone la necesidad de reunir una masa crítica de apoyos y capacidad de convencimiento para ir desmontando un sistema que favorece a unos pocos. A partir de definir ese contexto se puede abordar con mayor rigurosidad la cuestión del privilegio impositivo que goza la renta financiera en Argentina.

Partidos de oposición plantearon que la asignación universal por hijo podía ser cubierta en parte con lo producido de eliminar la exención del Impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera de personas físicas. La respuesta del Gobierno fue que no es el momento de crear nuevos impuestos –no sería el caso porque el tributo ya existe–, que “seguramente hubiera tenido impacto negativo, podría provocar muchos retiros de fondos y no se recaudaría más de 500 millones de pesos”, según explicó la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Unos y otros han desorientado la discusión de una cuestión de equidad tributaria hacia las vías de financiamiento de la valiosa universalización de la asignación por hijo. Esta corresponde a la necesaria integración del sistema de seguridad social, extendiendo un derecho económico y social a desocupados y trabajadores no registrados. Otra cosa es la eliminación de la exención de Ganancias a la renta financiera, que corresponde a una política tributaria para estructurar un sistema progresivo y equitativo.

El economista Jorge Gaggero explica en uno de sus trabajos de investigación sobre la reforma tributaria pendiente que los intereses bancarios se dejaron de gravar en 1977. “De modo coincidente con la sanción de la ley de entidades financieras aún vigente”, indica como imprescindible referencia histórica, al tiempo que señala que “esta exención, junto con las que benefician a las restantes inversiones financieras especulativas de las personas, constituye un caso único entre los países de desarrollo intermedio”. Destaca que Chile y Brasil gravan estas rentas. Consciente de las restricciones políticas antes mencionadas, Gaggero sugiere que “un modo de facilitar la reintroducción de este gravamen es hacerlo junto con la reducción del impuesto al cheque”. En tanto, las Obligaciones Negociables (títulos de deuda que emiten empresas) y otros instrumentos financieros del sector privado están exentas sus rentas y resultados de compraventa. Lo mismo sucede con los títulos públicos, que incluso contienen cláusulas de estabilidad tributaria. Gaggero explica que “el objetivo declarado para imponer estas exenciones fue el de promover el ahorro interno, lo cual –visiblemente– no ha sido alcanzado. En los hechos, ningún país ha obtenido ventajas en el ahorro interno por esta vía”. La ventaja de esa reforma no habría que buscarla en el monto potencial de recaudación, que según la estimación del especialista alcanzaría a unos 1550 millones de pesos (base 2007), sino que de ese modo se “avanzaría hacia lo que es considerado ‘normal’ en la imposición tributaria del mundo”. Además, precisa que se “evitaría el sesgo contradictorio con el modelo productivo social (que el Gobierno reivindica), ya que actualmente se grava las rentas productivas y del trabajo y se exime a las financieras”. En ese sentido, Gaggero incluye como indispensable aplicar el Impuesto a las Ganancias para la compraventa de paquetes accionarios de personas físicas. Esta medida “eliminaría una situación de fuerte inequidad vertical mediante la reinstalación de una imposición que estuvo vigente entre 1946 y 1989”. A la vez, destaca que “evitaría mecanismos de elusión que hoy son aprovechados por los propietarios de los holdings para vender sus activos, ya que si la venta la realiza la empresa paga el impuesto a las ganancias”. El objetivo, además de aumentar la recaudación, sería mejorar la progresividad y equidad del sistema tributario.

En el documento que elaboró junto a Federico Grasso (La cuestión tributaria en Argentina, Cefid-AR), Gaggero remarca que “en la evolución histórica del impuesto a las ganancias, el mismo ha sido vaciado de contenido sustantivo a lo largo de sucesivas modificaciones. Su base imponible potencial ha sido reducida fuertemente y aún en los campos que formalmente permanecen gravados existen tantas posibilidades de elusión que la estructura formal del tributo impide lograr los objetivos que el mismo debe proveer en toda estructura impositiva moderna”.

Alcanzar a la renta financiera con Ganancias, en última instancia, vendría a dar respuesta a intervenir en el desequilibrio estructural del sistema tributario. Según Ga-ggero y Grasso, el actual régimen se “explica por el excesivo peso de la imposición indirecta debido –en especial– a la existencia de un IVA nacional de alta alícuota general y del impuesto a los ingresos brutos provincial, y por la notoria debilidad estructural de la imposición a las ganancias de las personas físicas y a los patrimonios”. Este esquema define rasgos de extrema regresividad en el régimen impositivo, afectando de modo negativo a la equidad económico-social.

azaiat@pagina12.com.ar